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RESPUESTA GABINETE DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO.

RESPUESTA GABINETE DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO.

Hace unas semanas, remitimos un email al Presidente sobre la eventualidad de la puesta en marcha de una Ley específica que protegiera los derechos de los televidentes sordos. Hace pocos días, recibimos la siguiente respuesta:

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Por indicación del Presidente del Gobierno, contesto al correo electrónico que le ha dirigido en relación a la ley de accesibilidad audiovisual, agradeciéndole su confianza al escribirle.


La accesibilidad a los medios de comunicación, y por ende a la información, es un derecho que debe ser especialmente protegido. En consecuencia, me permito indicarle que, en la actualidad, el Gobierno está
trabajando con los principales agentes implicados, esto es, las televisiones, tanto públicas como privadas, las entidades sociales representantes de los distintos colectivos de la discapacidad y las propias Administraciones implicadas, para proceder a regular la obligación de la emisión de determinados porcentajes de programación mediante la utilización de subtitulación, audiodescripción y lenguaje de signos.

Estas actuaciones están contempladas en el Anteproyecto de Ley General Audiovisual que el Gobierno ha preparado y que, en breve plazo, se traducirá en una norma de rango legal que obligará a los regulados por la misma. Los porcentajes antes mencionados varían dependiendo de la naturaleza de la televisión –se refuerzan las obligaciones para las televisiones públicas– y el tipo de mecanismo de acondicionamiento para
hacer accesible los contenidos en soporte audiovisual, teniendo una mayor preponderancia la subtitulación sobre la audiodescripción y la lengua de signos.

Por tanto y con objeto de favorecer el acceso de las personas con discapacidad auditiva o visual a los medios de comunicación audiovisual, la Ley previsiblemente impondrá a las televisiones públicas de titularidad estatal o autonómica, y a las televisiones privadas de ámbito nacional y autonómico, la obligación de ofrecer una parte significativa de sus contenidos acompañada de sistemas de subtitulado, lenguaje de signos y audiodescripción.

Para garantizar una prestación adecuada de estos servicios, la Ley prevé un calendario de implantación así como la vigilancia y supervisión del Consejo Nacional de la Discapacidad en colaboración con el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales.


En definitiva, las obligaciones anteriormente descritas responden al compromiso de este Gobierno para con la defensa de los derechos de los ciudadanos, especialmente de aquellos que padecen de algún tipo de
discapacidad.

En la confianza de que esta información resulte de su interés, reciba un cordial saludo. José Enrique Serrano Martínez. Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.

 

FINAL

 

Sacad vuestras propias conclusiones.

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